¿Qué es una vivienda de uso turístico (VUT)?
Una vivienda de uso turístico (VUT) es una casa o piso que se alquila a turistas por estancias cortas, de forma habitual y a cambio de dinero. La ley estatal del alquiler — la LAU — la deja fuera de su régimen, así que cada comunidad autónoma la regula a su manera, con nombres distintos: HUT en Cataluña, ETV en Baleares, VFT en Andalucía, etc.
La figura nace del artículo 5 de la LAU (Ley 29/1994): el alquiler con fines turísticos queda excluido de la ley estatal y se manda a la normativa autonómica. Por eso cada comunidad ha hecho su propia versión y le ha puesto su propio nombre: VUT (estatal genérico), HUT (Habitatge d'Ús Turístic, Cataluña), ETV (Estada Turística en Vivienda, Baleares), VFT (Vivienda con Fines Turísticos, Andalucía), VTAR (Vivienda de Turismo de Alojamiento Rural, Andalucía rural), y así con cada una.
Aunque los nombres cambian, los requisitos básicos se repiten: la vivienda tiene que estar en suelo residencial donde el ayuntamiento permita uso turístico (PGOU), tener cédula de habitabilidad o LPO en vigor, cumplir un máximo de plazas según habitabilidad, y estar inscrita en el registro turístico autonómico con un número único. Ese número tiene que aparecer obligatoriamente en cualquier anuncio (Airbnb, Booking, web propia).
La duración por reserva marca la frontera más importante: hasta unos 31 días seguidos con la misma persona o grupo es turístico. Por encima de eso ya no es VUT — entra en la LAU art. 3 (alquiler de temporada) o, si es residencia habitual, en el art. 2 (vivienda). Esta línea es donde se tropieza mucha gente: el régimen aplicable, los impuestos y las obligaciones de registro cambian a un lado y al otro de ella.
Ser VUT es una actividad económica regulada, no un alquiler "tranquilo". Implica: licencia (en zonas con moratoria — Palma, partes de Barcelona, centro de Madrid — puede ser imposible conseguirla), tributar en IRPF si eres residente o en Modelo 210 si vives fuera, cobrar la ecotasa (IEET) si estás en Baleares, comunicar todos los huéspedes a SES.Hospedajes (y a Mossos d'Esquadra si estás en Cataluña). Y si encima das servicios tipo hotel (limpieza diaria, desayuno, cambio de toallas), entra IVA.
Por qué importa
El error más caro es confundir alquiler vacacional con alquiler de temporada (LAU art. 3). VUT necesita licencia turística, número de registro y todas las obligaciones de arriba; la temporada se rige por la LAU y no necesita licencia turística. Si operas como turístico sin licencia, te multan por intrusismo. Si haces temporada pero con precio por noche y cambio frecuente de huéspedes, la inspección puede reclasificarlo como turístico — y entonces te caen las multas de ambos regímenes a la vez.