Marco legal
La figura jurídica, la licencia y el papel que dice que la vivienda es habitable.
vivienda de uso turístico
Una vivienda de uso turístico (VUT) es una casa o piso que se alquila a turistas por estancias cortas, de forma habitual y a cambio de dinero. La ley estatal del alquiler — la LAU — la deja fuera de su régimen, así que cada comunidad autónoma la regula a su manera, con nombres distintos: HUT en Cataluña, ETV en Baleares, VFT en Andalucía, etc.
Leer →LAU
La LAU (Ley 29/1994) es la ley que decide casi todo sobre el alquiler de viviendas en España: cuánto dura tu contrato, cuándo se va el inquilino, y qué fianza pides. Vale en toda España y se ha reformado dos veces en los últimos años (2019 y 2023).
Leer →licencia turística
La licencia turística es el permiso que necesitas para alquilar tu casa como vivienda vacacional en España. Cada comunidad autónoma tiene el suyo propio (HUT en Cataluña, ETV en Baleares, etc.), con su propio número y sus propias reglas. Sin licencia, no puedes anunciar el piso.
Leer →cédula de habitabilidad
La cédula de habitabilidad es el papel oficial que dice que tu piso es habitable: que tiene los metros, la ventilación, el baño y la cocina mínimos que pide la ley para que alguien pueda vivir allí. La emite la comunidad autónoma, no el ayuntamiento, y caduca cada cierto tiempo.
Leer →Identidad y catastro
Los identificadores y referencias con los que la administración te reconoce a ti y a la vivienda.
NIE
El NIE (Número de Identidad de Extranjero) es el número personal y único que España asigna a cualquier extranjero — ciudadano de la UE o de fuera — con intereses económicos, profesionales o sociales en el país. Sin NIE no puedes comprar una vivienda, abrir cuenta bancaria, presentar el Modelo 210, ni firmar la mayoría de contratos.
Leer →Cl@ve PIN y cómo se usa para Modelo 210
Cl@ve PIN es uno de los métodos del sistema Cl@ve, la identificación electrónica común del Estado español para relacionarte telemáticamente con la AEAT, Seguridad Social, Catastro y resto de organismos. Te permite presentar el Modelo 210 anual desde cualquier ordenador o móvil sin necesidad de certificado digital instalado.
Leer →referencia catastral
La referencia catastral es el código alfanumérico de 20 caracteres que el Catastro asigna a cada inmueble en España. Es el identificador único de la vivienda en la administración tributaria local (ayuntamiento) y estatal (AEAT) — sin él no hay IBI, ni Modelo 210, ni escritura.
Leer →Licencias regionales
Cómo se llama la licencia turística según la comunidad autónoma — y en qué se diferencian entre sí.
HUT (Habitatge d'Ús Turístic) en Cataluña
Un HUT (Habitatge d'Ús Turístic) es la figura catalana de vivienda alquilada con fines turísticos a estancias cortas. La gestiona la Generalitat de Catalunya, te asigna un número (formato HUT-... o HUTB-... en Barcelona) y desde el Decret-llei 3/2023 requiere además autorización municipal y revisión cada 5 años.
Leer →VFT (Vivienda con Fines Turísticos) en Andalucía
Una VFT (Vivienda con Fines Turísticos) es la figura andaluza de vivienda alquilada a estancias cortas de uso turístico. Se inscribe en el Registro de Turismo de Andalucía (RTA) con un número del tipo VFT/PROV/00000 que debe aparecer en cualquier anuncio.
ETV (Estada Turística en Vivienda) en Baleares
Una ETV (Estada Turística en Vivienda) es la figura balear de vivienda alquilada con fines turísticos. La emite el consell insular correspondiente (Mallorca, Menorca, Eivissa o Formentera) — no la Generalitat — y desde 2017 sólo se concede en las zonas que el PIAT de cada isla declara aptas.
Leer →Registro de huéspedes
A quién tienes que comunicar cada huésped que entra a tu piso, y cómo hacerlo a tiempo.
SES.Hospedajes
SES.Hospedajes es la plataforma online del Ministerio del Interior español donde tienes que avisar quién se aloja en tu casa, hotel o vivienda turística. Tienes 24 horas desde el check-in para hacerlo, y vale para cualquier alojamiento en España.
Leer →Mossos d'Esquadra
Los Mossos d'Esquadra son la policía propia de Cataluña, y tienen su propio sistema para registrar a los huéspedes de viviendas turísticas en Cataluña. Si tienes un piso turístico aquí, puede que tengas que comunicar las reservas tanto al SES estatal como al registro autonómico de Mossos.
Leer →parte de viajeros
El parte de viajeros era el formulario tradicional de registro de huéspedes que cada hospedaje en España debía completar y remitir a la Policía Nacional o Guardia Civil. Era el régimen vigente bajo la Orden INT/1922/2003. Ha sido sustituido por el SES.Hospedajes (Real Decreto 933/2021, operativo el 2 de octubre de 2024) — el término sigue usándose por costumbre, pero el sistema ya no existe como tal.
Leer →pre-check-in para alquiler vacacional
El pre-check-in es la recogida de los datos del huésped — nombre, documento de identidad, número de soporte, nacionalidad, fecha de nacimiento — antes de su llegada al alojamiento, normalmente por formulario online. Es la forma práctica de cumplir el RD 933/2021 (SES.Hospedajes) sin pedirle al huésped escanear papeles en la puerta.
Leer →Fiscalidad
Los impuestos que tienes que pagar como host: estatales, autonómicos y municipales.
Modelo 210
El Modelo 210 es la declaración fiscal que rellenas si tienes un piso en España pero no vives aquí. Lo presentas ante la Agencia Tributaria (AEAT) por dos cosas: lo que ganas alquilando, o — si la vivienda está vacía — una "renta imputada" que Hacienda calcula por tenerla a tu disposición.
Leer →IBI
El IBI es la "contribución" municipal que paga cada año el propietario de un piso, una casa o un local en España. Lo recauda el ayuntamiento del municipio donde está el inmueble — no Hacienda estatal — y se calcula como un porcentaje del valor catastral del piso.
Leer →IEET
El IEET — conocido en Baleares como "ecotasa" — es el impuesto que paga el huésped por cada noche que duerme en una vivienda turística, hotel, camping u hostal en Mallorca, Menorca, Ibiza o Formentera. Tú como host lo cobras del huésped y lo ingresas a la ATIB cuando llega la liquidación anual.
Leer →plusvalía municipal
La plusvalía municipal — formalmente IIVTNU (Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana) — es un impuesto local que grava el aumento de valor del suelo urbano cuando lo transmites (venta, herencia, donación). Lo cobra el ayuntamiento, no la AEAT, y desde la reforma de noviembre 2021 puedes elegir entre dos métodos de cálculo.
Leer →Riesgos prácticos
Los riesgos jurídicos que cualquier host serio debe entender antes de empezar.
ocupación ilegal
La ocupación ilegal — popularmente "okupación" — es cuando alguien entra en una propiedad sin permiso del dueño y se queda sin contrato. En España es delito y se persigue por la vía penal, pero recuperar la vivienda puede llevar meses. Es un problema distinto del inquilino que no paga (ese sí tiene contrato y se rige por la LAU).
Leer →inquiokupación y en qué se diferencia de la ocupación
La inquiokupación es el término popular para el inquilino que entró con contrato legal, deja de pagar o termina el contrato y se niega a abandonar la vivienda. No es ocupación — penalmente, hay un título de entrada — por lo que el desalojo se tramita por la vía civil (juicio verbal de desahucio LEC 250.1.1º), más lenta que el desalojo de okupas.
Leer →