¿Qué es una VUT en Sevilla y por qué hay reglas adicionales?
Es la misma figura del régimen andaluz —inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía (RTA), Decreto 28/2016 modificado por Decreto 31/2024 y Decreto-ley 1/2025— pero Sevilla añade dos capas municipales propias: el cambio de uso a terciario hospedaje (PGOU 2022) y la limitación del 10 % por barrio (acuerdo plenario 17-10-2024).
Toda VUT en la ciudad de Sevilla pasa primero por el régimen autonómico explicado en VUT Andalucía: plazas máximas (15 en vivienda completa, 4 por habitación), declaración responsable de compatibilidad urbanística, autorización 3/5 de la comunidad para nuevas inscripciones desde abril de 2025, e inscripción en el RTA con prefijo VUT/SE o legacy VFT/SE. Esta capa nacional-autonómica es idéntica para Sevilla capital, Carmona, Écija o Dos Hermanas.
Lo distintivo de Sevilla son dos decisiones del Ayuntamiento adoptadas con apoyo del pleno municipal. La primera, en 2022, recalifica la VUT: ya no es un uso residencial sino un uso terciario hospedaje al mismo nivel que un hotel, un hostal o un apartamento turístico. La segunda, en 2024, impone un techo cuantitativo —el 10 % de las viviendas residenciales por barrio— que ha bloqueado de facto las nuevas altas en el Casco Antiguo y Triana.
Sevilla no ha aprobado, a fecha de mayo de 2026, ningún Plan Especial de Indicación de Usos Pormenorizados (PEIUP) al estilo de Madrid o Bilbao. Sí existe el PEPCH del conjunto histórico declarado Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO, pero no regula específicamente la VUT.
¿Qué cambió la modificación del PGOU de 2022?
El pleno municipal del 28 de abril de 2022 aprobó una modificación del PGOU que entró en vigor el 7 de junio de 2022. Equipara la VUT al uso terciario hospedaje (como hoteles, hostales y apartamentos turísticos), saca la VUT del uso residencial y limita su implantación, en edificios con vivienda, a planta baja y primera planta.
Antes de junio de 2022, la VUT en Sevilla se desarrollaba bajo el uso residencial: bastaba con cumplir el Decreto 28/2016 e inscribirse en el RTA. La modificación del PGOU rompió esa lógica: una VUT ya no es una vivienda alquilada a turistas, es un alojamiento turístico de pleno derecho, y debe cumplir las mismas exigencias urbanísticas que un hotel o un hostal.
La consecuencia operativa es contundente: para abrir una VUT en Sevilla no basta con la declaración responsable autonómica del régimen andaluz, también hay que tramitar una declaración responsable de cambio de uso ante la Gerencia de Urbanismo. El uso de la vivienda pasa de residencial a terciario hospedaje, y ese cambio se hace constar en el Registro de la Propiedad.
En edificios donde el uso predominante es residencial o un uso terciario no exclusivo —tipologías habituales en el centro histórico, la ciudad jardín, los unifamiliares adosados, las zonas suburbanas y la edificación en manzana— la VUT solo puede implantarse en planta baja o primera planta. Las VUT activas con anterioridad al 6 de junio de 2022 quedan amparadas por un régimen transitorio, no es retroactivo.
¿Qué hace el acuerdo plenario del 10 % por barrio (octubre 2024)?
El pleno del 17 de octubre de 2024 ratificó —con apoyo de PP y Vox— una limitación cuantitativa: ninguna VUT por encima del 10 % del parque residencial en cualquiera de los 108 barrios de Sevilla. Entró en vigor el 29 de octubre de 2024 al publicarse en el BOP. Once barrios ya estaban por encima del 10 % en esa fecha, lo que convierte la regla en un veto de facto para nuevas altas RTA en esas zonas.
La aprobación inicial llegó el 21 de marzo de 2024 (BOP Sevilla nº 64, 3-04-2024) y la definitiva el 17 de octubre. Aplica el 10 % como porcentaje límite sobre el total de viviendas censadas por barrio, calculado por la Gerencia con datos del padrón y del catastro. Si un barrio supera ese 10 %, no se admiten nuevas inscripciones VUT en el RTA dentro de su perímetro hasta que el porcentaje vuelva a bajar.
Los once barrios saturados en la fecha de entrada en vigor son Santa Cruz, Arenal, Alfalfa, San Bartolomé, Feria, Encarnación-Regina, Santa Catalina, San Lorenzo, San Gil, San Vicente y Triana Casco Antiguo. En la práctica esto cierra toda la zona del Casco Antiguo y la franja histórica de Triana a nuevas VUT. La asociación Apartsur anunció un recurso contencioso-administrativo ante el TSJA contra el acuerdo, pero a fecha de mayo de 2026 no hay suspensión cautelar ni anulación.
La conexión con el RTA pasa por el convenio firmado entre la Junta de Andalucía y ocho ayuntamientos —Sevilla, Málaga, Granada, Cádiz, Jerez, Almería, Alhaurín el Grande y El Puerto de Santa María— que dispara una cancelación automática de inscripciones cuando la zonificación municipal lo exige. La declaración responsable autonómica se cruza con el plano de barrios saturados de Urbanismo Sevilla.
- Santa Cruz, Arenal, Alfalfa, San Bartolomé — corazón del Casco Antiguo.
- Feria, Encarnación-Regina, Santa Catalina, San Lorenzo, San Gil, San Vicente — el resto del centro histórico.
- Triana Casco Antiguo — la franja histórica de Triana.
- En esos once barrios: nuevas altas RTA bloqueadas hasta que el porcentaje baje del 10 %.
- Movimiento observado en 2025: las nuevas inscripciones se desplazan a Nervión (82 altas, 19,1 %), Macarena (68 altas, 16 %) y barrios del Distrito Este, todos por debajo del 10 %.
¿Cómo se da de alta una VUT en Sevilla paso a paso?
Combina las dos capas: primero el cambio de uso urbanístico ante la Gerencia de Urbanismo (declaración responsable de cambio de uso a terciario hospedaje), después la declaración responsable autonómica ante la Junta de Andalucía que asigna el código VUT/SE/<nº>, después el NRUA estatal y la SES.Hospedajes. Cuenta entre 2 y 5 meses si el barrio está bajo el 10 % y la cédula de habitabilidad está en regla.
El orden importa: si arrancas por la inscripción autonómica sin tener el cambio de uso, la primera inspección de la Gerencia abrirá expediente urbanístico y el Registro de la Propiedad bloqueará la inscripción registral. La práctica recomendada es despejar primero la capa municipal y, una vez confirmado el control posterior favorable de Urbanismo, completar la capa autonómica.
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1Verificar que el barrio está bajo el 10 %Consulta el plano de barrios saturados en urbanismosevilla.org. Si la finca está en Santa Cruz, Arenal, Alfalfa, San Bartolomé, Feria, Encarnación-Regina, Santa Catalina, San Lorenzo, San Gil, San Vicente o Triana Casco Antiguo, la nueva inscripción está vetada y no merece la pena seguir.
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2Obtener o verificar la cédula de habitabilidadLa cédula (licencia de primera ocupación o equivalente) acredita las condiciones mínimas de habitabilidad. Si no la tienes, solicítala a la Gerencia de Urbanismo antes de seguir: sin ella el cambio de uso no avanza.
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3Presentar la declaración responsable de cambio de usoTramítala ante la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Sevilla. Aporta documento técnico que acredite que la vivienda cumple las condiciones de uso terciario hospedaje: accesibilidad, protección contra incendios, regulación de fachadas. Estas exigencias son las mismas que las de un hotel o hostal.
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4Esperar al control posterior de la GerenciaLa declaración responsable habilita el inicio de la actividad, pero la Gerencia ejerce un control posterior. Si detecta defectos esenciales puede ordenar el cese y la restitución al uso original. El control suele resolverse en 3-6 semanas; conserva el justificante con sello de tiempo.
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5Inscripción autonómica en el RTACon el cambio de uso despejado, presenta la declaración responsable VUT ante la Junta de Andalucía vía sede electrónica (juntadeandalucia.es). Sigue el procedimiento andaluz descrito en /compliance/vft-andalucia: referencia catastral, plazas, modalidad, autorización 3/5 de la comunidad si es nueva inscripción posterior a 3-04-2025.
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6Recibir el código VUT/SE/<nº>La Junta asigna el código VUT/SE/<número> (o VFT/SE/<número> para inscripciones legacy) y lo notifica por sede electrónica. Este es el número que se publica obligatoriamente en cada anuncio (Booking, Airbnb, web propia) junto con la dirección.
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7Solicitar el Número de Registro Único de Arrendamiento (NRUA)Obligatorio desde 1-07-2025 conforme al RD 1312/2024 para anunciarse en plataformas. Se tramita en registradores.org con el código VUT ya emitido. Sin NRUA las plataformas retiran el anuncio en 48 horas tras requerimiento administrativo.
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8Dar de alta SES.Hospedajes y publicar la placa-distintivoCrea la cuenta en SES.Hospedajes (RD 933/2021) para comunicar los datos de los huéspedes al Ministerio del Interior dentro de las 24 horas siguientes al check-in. Coloca la placa-distintivo VUT en la entrada de la vivienda con el código de inscripción visible. Detalle completo en /compliance/ses-hospedajes.
¿Hay tasa turística en Sevilla en 2026?
No, todavía no. El alcalde José Luis Sanz (PP) ha propuesto al pleno una tasa de 1-2 € por pernoctación que generaría 7-14 millones de euros anuales y el pleno ha respaldado la idea, pero la habilitación legal depende de la Junta de Andalucía, que a fecha de mayo de 2026 no ha dado luz verde al marco autonómico de la tasa.
La discusión pública la lideran tres alcaldes andaluces: Sanz (Sevilla), Francisco de la Torre (Málaga) y Marifrán Carazo (Granada), todos del PP. Han trasladado a la Junta de Andalucía la demanda de una habilitación legal autonómica que permita a los ayuntamientos imponer la tasa. La presidencia de la Junta (Juanma Moreno, PP) no se ha pronunciado a favor.
En paralelo, el Ayuntamiento ha adoptado decisiones que sí están en vigor en 2026: la limitación del 10 % por barrio (octubre 2024) y la modificación PGOU (2022) son los dos instrumentos cuantitativos y cualitativos que ya regulan la oferta. La tasa turística sería el tercer instrumento —fiscal— pero todavía no es realidad.
El contexto político relevante: PP gobierna en minoría desde junio de 2023 (14 concejales de 31), con un pacto presupuestario firmado con Vox en enero de 2025 que abrió la vía a la consolidación del límite del 10 %. Podemos-IU exige desde noviembre de 2025 una moratoria total sobre nuevas VUT en cualquier barrio —rechazada por la mayoría—. Las manifestaciones del 9 de noviembre de 2024 ante el Palacio de San Telmo y del 20 de noviembre de 2025 marcaron la presión social que hizo políticamente viable la limitación.
¿Qué sanciones aplica el Ayuntamiento de Sevilla por incumplimiento?
Dos vías paralelas: la sancionadora autonómica de la Ley 13/2011 (hasta 600.000 € por infracción muy grave) y la disciplina urbanística municipal bajo la Ley 7/2021 LISTA. Sin declaración responsable de cambio de uso o sin cumplir las condiciones de uso terciario hospedaje, la Gerencia de Urbanismo puede ordenar el cese, la restitución al uso original y multar por infracción urbanística muy grave.
Las dos vías son acumulables, no excluyentes. Una VUT sin inscripción RTA puede recibir, en paralelo, una multa de la Junta por infracción turística y una multa del Ayuntamiento por infracción urbanística. La disciplina municipal se cobra desde la Gerencia de Urbanismo y se basa en la Ley 7/2021 LISTA, que permite cuantías que pueden alcanzar varios cientos de miles de euros para las infracciones urbanísticas muy graves.
La detección descansa hoy en cuatro fuentes: el cruce automático Junta-RTA con SES.Hospedajes, el cruce con anuncios de Booking y Airbnb vía la VUDA estatal desde 2025, las denuncias vecinales canalizadas por la campaña "Alojamientos Turísticos Ilegales" del propio Ayuntamiento, y la inspección de la Gerencia tras la denuncia de juntas de comunidad. La Audiencia Provincial de Sevilla ha confirmado, además, que las elevaciones de cuota a las VUT acordadas en junta de propietarios tras la reforma de 2019 (RDL 7/2019) no son retroactivas sobre VUT pre-2019.
En el frente civil, la sentencia 1232/2024 del Tribunal Supremo (3-10-2024) confirma el doble umbral 3/5 de la LPH para autorizar nuevas VUT en propiedad horizontal. La interpretación es directamente aplicable a Sevilla. Comunidades del Casco Antiguo y de Triana están activando el artículo 17.12 LPH para bloquear nuevas altas en sus edificios.
| Aspecto | Régimen andaluz (capa regional) | Ciudad de Sevilla (capa municipal) |
|---|---|---|
| Inscripción | RTA con prefijo VUT/SE/<nº> o legacy VFT/SE/<nº> | Sumar declaración responsable de cambio de uso ante la Gerencia de Urbanismo |
| Calificación urbanística | Compatibilidad urbanística por declaración responsable (Decreto 31/2024) | Uso terciario hospedaje obligatorio (PGOU 2022) — NO uso residencial |
| Limitación cuantitativa | No hay tope autonómico de número de VUT | Máximo 10 % VUT por barrio (acuerdo plenario 17-10-2024); 11 barrios ya saturados |
| Capacidad | 15 plazas vivienda completa, 4 por habitación (Decreto 31/2024) | Las mismas + condiciones de uso terciario hospedaje (accesibilidad, PCI, fachadas) |
| Sanción máxima | Hasta 600.000 € (Decreto-ley 1/2025, infracción muy grave) | Multas por disciplina urbanística (LISTA) + orden de cese + restitución al uso original |
| Tasa turística | No habilitada por la Junta | Propuesta por el Ayuntamiento (1-2 €/pernoctación), no en vigor en mayo de 2026 |
Preguntas habituales
¿Puedo abrir una nueva VUT en Santa Cruz, Arenal o Triana Casco Antiguo?
¿Mi VFT inscrita antes de octubre de 2024 sigue siendo válida en un barrio saturado?
¿Es lo mismo el cambio de uso ante la Gerencia que la declaración responsable de compatibilidad urbanística?
¿Existe en Sevilla un PEIUP como en Madrid o Bilbao?
¿Hay tasa turística en Sevilla en 2026?
¿Tengo que pedir autorización 3/5 a la comunidad de propietarios?
¿Qué pasa si compro una vivienda en Sevilla con la intención de explotarla como VUT?
Fuentes
- Decreto 28/2016 Decreto 28/2016, de 2 de febrero, de las viviendas con fines turísticos (BOJA 28/2016)
- Decreto 31/2024 Decreto 31/2024, de 29 de enero, por el que se modifican diversas disposiciones en materia de viviendas de uso turístico (BOJA 24/2024)
- Decreto-ley 1/2025 Decreto-ley 1/2025, de 24 de febrero, de medidas urgentes en materia de vivienda en Andalucía (BOJA 41/2025)
- Ley 13/2011 Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía (BOE-A-2012-876)
- Ley 7/2021 LISTA Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (BOJA 254/2021)
- PGOU Sevilla 2022 Modificación PGOU Sevilla — uso terciario hospedaje (Pleno 28-04-2022, vigor 7-06-2022)
- Acuerdo Pleno 17-10-2024 Acuerdo Pleno Sevilla 17-10-2024 — limitación 10 % VUT por barrio (vigor 29-10-2024)
- Gerencia Urbanismo Sevilla Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente Sevilla — viviendas con fines turísticos: guía de tramitación
- Cambio de uso VUT Sevilla Cambio de uso y DR utilización para el uso de hospedaje (Gerencia Urbanismo Sevilla)
- Campaña Alojamientos Ilegales Sevilla Ayuntamiento de Sevilla — Campaña sobre viviendas ilegales con fines turísticos
- STS 1232/2024 Tribunal Supremo, Sentencia 1232/2024 de 3 de octubre — autorización 3/5 LPH para vivienda de uso turístico
- RD 933/2021 Real Decreto 933/2021 — registro documental y comunicación de información a SES.Hospedajes (BOE-A-2021-17511)
